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La pudrición judicial


Laberinto de injusticia

19 DE JULIO 2014 - 00:01
Si el Instituto Nacional de Estadísticas funcionara como pregona Elías Eljuri, ese gran conversador que dictaba cátedra de cualquier materia en el cafetín que estaba frente a la Escuela de Periodismo de la UCV, el país sabría que la peor inseguridad no se debe a la gran cantidad de crímenes despiadados que se cometen, sino eso que denominan el sistema de justicia. Si los registros de los casos resueltos en los tribunales de justicia fuesen parte de los informes de la oficina en la que sirven té y café a Eljuri, a veces con una hojita de yerbabuena, se habría encontrado que hay una similitud con los casos que se ventilaron en Moscú en la década de los treinta del siglo pasado, y que les sirvieron a Stalin para deshacerse de enemigos potenciales y verdaderos, y para enviar un mensaje de “pórtate bien” al resto de la población.
Casi todos los casos “resueltos” en los tribunales venezolanos en los últimos quince años presentan un común denominador: casi ninguno ha llegado a su final porque las pruebas, la investigación policial, las evidencias, los testigos y el acto conclusivo de los fiscales del Ministerio Público demostraron, sin dudas razonables, la culpabilidad o inocencia de los procesados. No. En todos ha sido la admisión de la falta por el acusado lo que les ha permitido la recuperación de la libertad, no pudrirse en la cárcel aun siendo inocentes, aunque no de la manera expedita como les prometieron los fiscales cuando les dijeron que recibirían la pena mínima a cambio de declararse culpables. Es el modus operandi.
Desconozco si ese fue el caso de Kerwin Andrew Tolosa Sánchez, de  25 años de edad y estudiante de Ingeniería de Universidad de los Andes, condenado a sembrar 3.000 árboles en un lapso de 8 meses. Estaba preso desde marzo y admitió a cambio de la libertad que él contaminó con gasoil la planta potabilizadora de agua Doctor Enrique Burgoin, que sirve al municipio Libertador de la capital del estado Mérida.
La nota divulgada el domingo 7 de julio por los entes informativos gubernamentales no detalla cómo fue capturado e imputado Tolosa Sánchez ni cuáles elementos probatorios lo llevaron a admitir el delito, como sería obvio, sino que se esmera en las particularidades de la sentencia. El cursante de Ingeniería, a cambio de la libertad, además de sembrar esa enorme cantidad de árboles tendrá que desmalezar y limpiar 1,5 hectáreas en los alrededores del dique, un tipo de pena que no es frecuente ni normal en los procesos judiciales venezolanos.
Si, como es lógico inducir, la pena es de carácter personal, tiene un aditamento que puede ser considerado “trabajo forzado”, expresamente prohibido desde 1947 en todas la constituciones promulgadas hasta ahora.
Si el estudiante comenzara a sembrar el 4 de agosto próximo, tendría que plantar un promedio diario de 12,5 matas, lo que implica abrir la misma cantidad de huecos y regarlas después de completada la operación. Si cada árbol debe estar a una distancia mínima de 4 metros de otros, se requerirán 16 metros cuadrados para cada uno, lo que implica que el condenado tendrá que preparar para la siembra un total de 48 kilómetros cuadrados; una parcela imposible de caminar en un día. No cuento con la ayuda de mi amigo arquitecto Jesús Tenreiro para precisar más la agonía que significaría llevar a cabo la tarea en un terreno montañoso en su topografía y rocoso en su constitución, pero la tarea no será una merienda en el campo, Mao dixit. Ni que invente un pico automático podrá hacerlo en el tiempo estipulado.
Tampoco indica la nota qué castigo adicional recibirá el procesado si para el 4 de abril no está cada nuevo árbol en su sitio; si ello le acarreará volver a la cárcel o que le dupliquen el número de plantas que tendrá que sembrar. De la misma manera no se indica en cuánto tiempo debe desmalezar y limpiar las 1,5 hectáreas ni con qué herramientas deberá hacerlo.
Las sentencias de este tipo, que pueden englobarse dentro de lo que se denomina “trabajo social”, se aplican en el mundo entero a adolescentes que han cometido faltas leves; por lo general, los ayudan a revisar su conducta y las consecuencias que sufrirán si reinciden. Obviamente, en el caso que nos ocupa, por el tamaño de la tarea, se trata de un castigo más físico que social, y por tanto ilegal.
El principio universal es que todo ser humano es inocente aunque se declare culpable, que se debe demostrar su culpabilidad con hechos y no con argucias procesales, y que las penas se deben corresponder con el delito cometido, no con caprichos de las autoridades judiciales. Vendo Constitución sin estrenar, pero con golpes por todos lados.


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